El relator especial de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, James Anaya, llamó al gobierno de Sebastián Piñera a respetar las recomendaciones de órganos de derechos humanos en materias indígenas, mantener un diálogo fluido y no retroceder en lo que se ha avanzado con los gobiernos de la Concertación.
Fuente: Radio Universidad de Chile
http://www.radio.uchile.cl/notas2.asp?idNota=58850
El relator especial de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, James Anaya, dio a conocer hoy un informe sobre el estado de las comunidades mapuches, en el marco de un Seminario Electrónico organizado por el Centro de Políticas Públicas y Derechos Indígenas.
En videoconferencia desde Arizona y con una recepción de las comunidades indígenas en Santiago, Temuco, Castro y Rapa Nui; Anaya abordó la preocupación existente entre las comunidades por cómo se trataran los derechos humanos e indígenas en el futuro gobierno de Sebastián Piñera.
El relator de la ONU indició que espera que continúe el diálogo y la buena relación que se mantuvo con el Gobierno y que pese al cambio de coalición político no debe haber retroceso en materia indígena.
“Tomaré algunas iniciativas con el nuevo gobierno a través de las vías diplomáticas y espero continuar el diálogo fluido que hemos mantenido. Espero que a pesar de que el nuevo gobierno sea de otra Coalición, siga en primer lugar este diálogo que hemos tenido y que siga con la misma actitud de avanzar”, señaló Anaya.
El relator insistió en que el nuevo Presidente debe tener en cuenta que para el mundo Chile es un Estado y no un gobierno, por lo que independiente de quién esté en el poder deben mantenerse y respetarse los acuerdos, dejando abierta, además, la puerta para que las autoridades que asumen en marzo lo inviten a revisar la situación chilena.
Anaya además manifestó que hay varios temas que le preocupan, como la política penal, el uso de la ley antiterrorista, la extrema violencia en la zona de La Araucanía, los derechos de tierras. Pero por sobre todo la poca claridad e incumplimiento del derecho de consulta y participación de las comunidades, establecido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cuando existen megaproyectos a desarrollarse en sus tierras.
El relator aseguró que los temas enunciados anteriormente no se han cumplido correctamente, además de indicar que la consulta a los pueblos originarios no debe ser una mera información, sino una explicación y solicitud de consentimiento.
“Las consultas deben ser de buena fe, dentro de un procedimiento que genere confianza entre las partes. Deben ser adecuadas y a través de las instituciones representativas indígenas, no a través de los representantes del Estado, y deben ser sistemáticas y transparentes. Sistemáticas en el sentido en que deben ser según el procedimiento definido, y transparentes en que no deberían ser, de ninguna manera, ocultas. La consulta debe tener el objetivo de llegar al consentimiento”, informó el Anaya.
En este sentido, el abogado de derechos humanos del Observatorio Ciudadano, Cristóbal Carmona, da cuenta que efectivamente nuestro país tiene incorporada en la Constitución los derechos indígenas acordados en el convenio 169 de la OIT.
“Los órganos del Estado deben adecuar su proceder a la Constitución. Desde el 15 de septiembre del año pasado, este texto incorpora el Convenio 169 y todos los derechos que están en él, por lo tanto, viene a clarificar todo este tema. Siempre habían simplemente informado a las comunidades que se iban a realizar estos proyectos en su territorio, ahora, en cambio, se debe respetar su derecho a consulta en los términos establecidos en el convenio, que deben ser de buena fe y con miras a lograr el consentimiento”, aseguró Carmona.
Hace un par de días, por primera vez en Chile, la justicia paralizó la construcción de una salmonera en Temuco y acogió un recurso de protección a favor de las comunidades mapuches de La Araucanía por no cumplir con el proceso de consulta debidamente. De hecho el fallo dice que: “La autoridad no se ha ceñido a la legislación vigente que son las normas auto ejecutables del Convenio 169 de la OIT en cuanto a que debió llamar a la consulta respectiva en los términos que se acordaron”.
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