domingo, 31 de octubre de 2010

Sancionan proceder anti ético de transnacionales mineras y autoridades

Publican fallo a un mes de realizado el Primer Tribunal Ético a la Minería de Frontera:


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El Tribunal Ético a la Minería de Frontera es una instancia abierta por el Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales OLCA,  en conjunto con Acción Ecológica - Ecuador., Foro Boliviano de Medio Ambiente y Desarrollo Fobomade - Bolivia, Asamblea San Juanina contra la Contaminación - Argentina y CooperAcción Perú,  para visibilizar esta nueva forma de minería que amenaza con devastar zonas estratégicamente intocables de Latinoamérica, por ello convocó a comunidades de más de 10 países y a personalidades respetadas por su coherencia ética en distintos ámbitos del quehacer social continental.

El 30 de septiembre se realizó en Santiago de Chile el Primer Tribunal Ético de Minería de Frontera, y a un mes de la actividad, el Panel de Jueces publicó “en acuerdo” un extenso fallo de 5 páginas que sanciona el proceder de las empresas involucradas en proyectos de minería de frontera como atentatorio a los principios básicos de la ética y el bien común.

Entre otras cosas, el pronunciamiento del Panel de Jueces establece que las empresas operan bajo el engaño, exhiben una actitud de despojo en beneficio propio, desdeñan el diálogo e imponen su voluntad con complicidad de las autoridades.

El Panel de Jueces estuvo compuesto por Juan Luis Ysern, obispo emérito de Ancud; Elsie Monge, directora ejecutiva de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos CEDHU de Ecuador;Cristian Cuevas, presidente de la Confederación de Trabajadores del Cobre y Secretario de Negociación Colectiva, Conflictos y Solidaridad de la CUT; Lorenzo Muelas, constituyente y Senador de la República en representación de los Pueblos Indígenas de Colombia, y Karyn Keenande la Coalición Iniciativa de Halifax de Canadá.

Los casos que se ofrecieron a examen de este Tribunal fueron la mina de barita de Chicomuselo de la canadiense Black Fire en la frontera de México con Guatemala; la aurífera Cerro Blanco de la norteamericana Glamis Gold, en la frontera de Salvador con Guatemala; los proyectos mineros de la cordillera del Cóndor, representados por Afrodita y Río Blanco, en la frontera de Perú y Ecuador; las aspiraciones de hierro de el Mutún en el Pantanal en la frontera de Brasil y Bolivia, y el emblemático Pascua Lama, en el límite chileno argentino, a cargo de la canadiense Barrick Gold. Todos los casos comprometían comunidades indígenas que no fueron debidamente consultadas, las que temen sobre todo por las aguas y el equilibrio ecosistémico de su hábitat. Las zonas en cuestión corresponden a lugares que se habían mantenido a salvo por la condición fronteriza de los territorios, y en ellos habitan especies y culturas que de permitirse este tipo de minería transitarán irreparablemente a la extinción. Los testimonios dieron cuenta de cómo todos estos proyectos habían contado con la complicidad de las autoridades, las que en algunos casos llegaron a promulgar leyes, firmar tratados y desconsiderar acuerdos limítrofes, para viabilizar los emprendimientos.

Para Lucio Cuenca, director del Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales (OLCA), la sentencia de este Tribunal aunque no es vinculante para los Estados, es significativa pues da cuenta de que los valores con que operan las mineras que en su discurso son responsables, traen desarrollo, empleo y progreso, son finalmente, contrarios a los principios que sostienen la vida de las comunidades a las que ellos se imponen. “Relevar esta forma de minería, socializar que todas las fronteras de nuestro continente están ahora fragilizadas y bajo el dominio del afán de lucro de las transnacionales, y alertar sobre el destino de zonas declaradas reservas de la biosfera, parques nacionales, hábitats de pueblos no conectados, etc, que están siendo desafectados sin conocimiento ni participación alguna de la ciudadanía, es claramente un deber ético y social ineludible” remata Cuenca.


Comunicaciones OLCA   


Tribunal ético a la Minería de frontera en Latinoamérica 2010
El día 30 de septiembre de 2010, representantes de diversos conflictos ambientales suscitados por
la minería de frontera en América Latina, comparecieron ante personas respetadas y reconocidas
por su proceder ético en diversos ámbitos del quehacer social, para dar cabida al Primer Tribunal
Ético a la Minería de Frontera, un esfuerzo de la sociedad civil en pos de visibilizar y situar
valóricamente las amenazas que enfrentan hoy diversos pueblos del Continente.
Panel de Jueces compuesto por:
Juan Luis Ysern,
Obispo Emérito de Ancud, Chile.
Elsie Monge,
Directora Ejecutiva, Comisión Ecuménica de Derechos Humanos CEDHU, Ecuador.
Cristian Cuevas,
Presidente de la Confederación de Trabajadores del Cobre CTC y Secretario de Negociación
Colectiva, Conflictos y Solidaridad, CUT ‐ Chile.
Lorenzo Muelas Hurtado,
Gobernador del Pueblo Misak o Guambiano, 1985, 2007 y 2008 y Constituyente y Senador de la
República en representación de los Pueblos Indígenas de Colombia.
Karyn Keenan,
Coalición Iniciativa de Halifax, Canadá.
Casos presentados ante el Tribunal:
Chicomuselo: MéxicoGuatemala
Cerro Blanco: El SalvadorGuatemala
Cordillera del Cóndor: EcuadorPerú
El Mutún: Pantanal BoliviaBrasil
Pascua Lama: ChileArgentina
Tribunal ético a la Minería de frontera en Latinoamérica 2010
Pronunciamiento del Panel de Jueces
Antes de emitir nuestro juicio, recogiendo la expresión unánime de la sala, queremos hacer
explícita la solidaridad con las causas que han motivado la huelga de hambre de los hermanos
mapuches, causas que son las mismas que inspiran la convocatoria a este Tribunal. Saludamos la
dignidad de sus hombres y mujeres que luchan por la vida en medio de un sistema que les impone
la muerte.
Contextualizaciones necesarias
• El modelo económico imperante ha desarrollado una serie de instrumentos, entre los que se
cuentan los Tratados de Libre Comercio, los Acuerdos de Cooperación y los pactos bilaterales,
como el Tratado Minero; o regionales, como la Iniciativa para la Integración de
Infraestructura Regional Sudamericana, IIRSA y el Plan Puebla Panamá, PPP; de manera
inconsulta, desinformada y sin participación comunitaria.
• La fase actual de la economía mundial profundiza al “ tercer mundo” en un rol de
suministrador de materias primas, el mismo que ha cumplido durante siglos, pero que con
los actuales niveles de voracidad con que operan las transnacionales extractivistas, obliga a
los gobiernos a abrir zonas antes intocables, como fronteras, parques nacionales, reservas
mundiales de la biosfera, hábitat de pueblos no contactados, entre otros.
• Los territorios en cuestión son poblados por culturas cuya cosmovisión entiende que el
humano es parte y en ningún caso, dueño de la naturaleza, por lo tanto la explotación en
estas zonas supone una agresión sociocultural que en más de un caso traerá consigo la
desaparición de estas comunidades.
• La minería es una de las actividades industriales más contaminantes (cinco de los diez
lugares más contaminados del planeta son consecuencia de la actividad minera) y acumula
impactos irreversibles en la oferta hídrica de las cuencas donde se instala. Esto se agrava en
la minería de frontera pues apunta a ecosistemas de alta fragilidad como es el ambiente
glaciar y peri glaciar.
• Las provincias mineras del continente revelan altos índices de pobreza y de deterioro de la
calidad de vida, heredando pasivos ambientales y sociales que suponen considerables riesgos
para la vida y que implican desembolsos importantes para los Estados ya que las leyes no
obligan a las empresas a asumir estos costos.
• La minería que ocupa a este Tribunal compromete las fronteras de países vecinos, las
mismas cuyo trazado y defensa en nombre de la soberanía nacional, ya ha cobrado miles de
vidas en el pasado. Al ser entregadas estas zonas a objetivos de lucro particular, se arriesga
crear focos de conflictividad que nuevamente siembre la muerte entre naciones hermanas.
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Hechos denunciados
• Las comunidades concurrentes han denunciado presión ilegitima de los gobiernos para
introducir la industria minera en sus distritos. Estos gobiernos se han expresado aprobando
proyectos sin previa consulta, burlando el Convenio 169 de la OIT, dictando leyes a la medida
de las empresas tales como el emblemático Tratado Binacional chileno argentino (abundan
las versiones de que Barrick Gold lo redactó), desestimando el rol fiscalizador que les
compete, desinformando a la ciudadanía mediante discursos intencionados a favor de las
empresas, generando garantías tributarias y beneficios de los que no goza ningún otro
sector económico y propiciando la criminalización de la protesta social la que ha llegado
incluso al asesinato de dirigentes sociales.
• Las comunidades denuncian además que los Estados paulatinamente van abandonando su
rol subsidiario, permitiendo que las transnacionales asuman tareas y funciones propias de
las políticas sociales. Con ello, las empresas se vuelven elementales para la subsistencia, pero
además se reservan el derecho de entregar o no los “beneficios”, afrentando gravemente los
derechos humanos y contribuyendo a construir un clima de temor e inseguridad social.
• Las comunidades denuncian que las transnacionales mineras operan bajo el engaño,
prometiendo mejoras que nunca llegan y omitiendo información relevante a la hora de
presentar sus proyectos. Por ejemplo, ocultan la existencia de glaciares en la zona a explotar,
minimizan los impactos de los métodos extractivos, amenazan con que los gobiernos
desalojarán a quienes no vendan sus tierras, etc. Esta estrategia de penetración ha sido
amparada y avalada por los gobiernos y las autoridades.
• Los Estados de origen de las transnacionales mineras han resultado un importantísimo
elemento de presión para los gobiernos de cada país, pues han utilizado sus redes para
influenciar y condicionar la aprobación de los proyectos, permitiendo el desarrollo de
prácticas censuradas en los países matrices, y diseñando mecanismos para otorgar
financiamientos, seguros y apoyo político a sus industrias extractivas que operan en el
exterior.
• La complicidad denunciada se traduce en una indefensión sin precedentes para las
comunidades, su cultura y la biodiversidad que ellas preservan. Esto trae consigo una
creciente desconfianza por parte de las comunidades afectadas y de la sociedad civil hacia las
diversas instancias de diálogo y de encuentro que desde la institucionalidad se presentan,
tales como mesas de diálogo, fondos de administración compartida, etc. Este descrédito
resulta altamente violento, pues todas las comunidades querellantes en el Tribunal
acostumbran a resolver sus conflictos mediante el diálogo.
• Los pueblos originarios han sido los más afectados por los casos en cuestión, y expresan
discriminación por parte de los Estados, pues además de violar sistemáticamente el derecho
a la consulta, se les obliga a asumir conceptos de desarrollo y progreso que les son ajenos.
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• Esta nueva fase expansiva de la mega minería química ha consumido, destruido o
contaminado glaciares, humedales, bosques tropicales, bofedales, lagunas y ríos,
pertenecientes a sitios protegidos y ecosistemas de importancia biológica y cultural. Esto ha
aumentado el estrés hídrico y ha determinado que todos los conflictos expuestos en el
Tribunal estén relacionados con la amenaza que se cierne sobre las aguas y la vida. Además,
los lugares intervenidos han sufrido la disminución y hasta la desaparición de especies
nativas, tanto de flora como de fauna, lo que ha alterado la cadena trófica y ha extinguido
actividades tradicionales de las comunidades originarias.
• Las comunidades denuncian que el empleo que genera la minería para sus habitantes es
precario, las condiciones laborales son extremas y se desarrollan prácticas anti‐sindicales
que no permiten organizarse y visibilizar esta realidad. Esto se suma a la desaparición de
actividades que sí generan empleo sustentable como la agricultura, la artesanía, el turismo, la
pesca, la criancería, entre otras.
Principios considerados
El derecho que sustenta este juicio es natural, anterior a cualquier legislación y se expresa
en estos 5 principios básicos.
• Bien común, considerado no como la suma de los bienes particulares sino como el bien de
todos y de cada uno, común e indivisible. Es un bien que en conjunto se logra y se proyecta
hacia el futuro.
• Destino universal de los bienes, que vuelve inaceptable que a nombre de la propiedad privada
unos pocos poderosos se hagan dueños del mundo y una gran multitud se quede sin nada y
al servicio de los poderosos. El destino universal de los bienes incluye a las generaciones
futuras quienes vengan después de nosotros y que tienen derecho a encontrar un mundo en
el que puedan vivir dignamente.
• Principio de subsidiaridad, que establece que entidades de nivel superior, como los Estados,
deben entregar a cada estamento menor de organización lo necesario para consecuenciar
su plenitud y propio desarrollo. Es un imperativo ético que los Estados no solo no
obstaculicen, sino que dejen espacio y apoyen a las organizaciones sociales a las que se
debe.
• Principio de participación, según el cual, cada ciudadano en forma personal o asociado a
otros contribuye a la vida y labor de la comunidad civil a la que se encuentra vinculado, de
acuerdo a sus cualidades y posibilidades. Cada persona tiene obligación de contribuir con su
participación consciente y responsable en la vida de su comunidad en orden al bien común.
Tribunal ético a la Minería de frontera en Latinoamérica 2010
• Principio de solidaridad, que como principio social requiere la transformación de las
estructuras de injusticia y opresión para que pasen a ser estructuras de colaboración con las
oportunas normas legales, reglas de mercado y ordenamientos adecuados. La solidaridad
como virtud moral es una determinación firme y perseverante de empeñarse por el bien
común, bien de todos y cada uno, para que todos seamos verdaderamente responsables de
todos.
JUICIO
En las experiencias presentadas a nuestra consideración el día de hoy:
• No aparece ninguna actitud de diálogo de parte de las empresas que llegan a los lugares.
• No se ve interés alguno en el bien común sino en el bien privado.
• No aparece respeto alguno referente al destino universal de los bienes, sino una actitud de
despojamiento en beneficio propio y destrucción del medio ambiente.
• No aparece la actitud de subsidiaridad de parte de las autoridades ni de los poderosos sino de
imposición funcional a los intereses económicos.
• No se da lugar alguno a la participación de la comunidad a la que, incluso, se la engaña o se la
mantiene desinformada con la complicidad de los medios de comunicación social.
• No hay ninguna actitud de solidaridad auténtica con la vida y labor de la comunidad según
los requerimientos del bien común, aunque hay algunos actos o eventos de aparente
solidaridad.
En conclusión, atendiendo al marco señalado, no es aceptable la actitud y forma de proceder de las
empresas que han sido presentadas a nuestra consideración durante el día de hoy, como tampoco
es aceptable la complicidad con ellas de las autoridades, ejecutivas, legislativas o judiciales que de un
modo u otro las apoyan. Es inaceptable el respaldo que se da a las referidas empresas, ya sea con
alguna acción específica ya con el silencio o pasividad cómplice, por parte de entidades o personas
públicas o privadas.
Es correcta la actitud de quienes, por los caminos de diálogo y de no violencia, sin poner en peligro
la vida de nadie, ofrecen resistencia a la referida forma de proceder. Actuar de este modo no sólo es
correcto sino que puede ser un deber. Se debe hacer lo que corresponda para que todos estén bien
informados sobre las bases de verdad y la justicia y promover el diálogo para el auténtico
desarrollo.
Tribunal ético a la Minería de frontera en Latinoamérica 2010
RECOMENDACIONES:
Se recomienda a los pueblos impedir, mediante todos los medios pacíficos que tengan a su alcance,
la aprobación de nuevas leyes o pactos que comprometan su bienestar presente y futuro y el
bienestar de sus comunidades. Esto mediante alianzas con la sociedad civil y presiones sobre los
organismos competentes.
Se recomienda a las comunidades y organizaciones que han llegado hasta este tribunal se organicen
y/o articulen con el fin de visibilizar esta dimensión de la expansión minera, sus consecuencias y
riesgos futuros.
Se recomienda fortalecer la autoestima comunitaria, cuidando y manteniendo los valores ancestrales
de asociatividad, autonomía y autarquía, de modo que los discursos de progreso, empleo y
desarrollo que hablan las empresas no tengan cabida en las comunidades.
Se recomienda a la sociedad civil exigir justicia con los pueblos invadidos por esta nueva fase
expansiva de la minería. Entendiendo que justicia debe implicar no solo el reconocimiento de la
deuda actual e histórica con los pueblos indígenas y campesinos, sino que también el resarcimiento
y la indemnización de los mismos.
Se exige que los gobiernos, tanto en los países donde se realiza la actividad minera, como en
aquellos de origen de las empresas mineras, cumplan con sus responsabilidades bajo la
normatividad internacional, inclusive la obligación estatal de respetar, proteger y realizar los
derechos humanos.

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